Anticipos de salario a cuenta (art. 29.1 ET)
Cómo el trabajador pide un anticipo a cuenta del trabajo ya realizado y cómo el administrador lo aprueba y fija el plan de devolución, todo documentado y exportable a la gestoría.
Para qué sirve
El trabajador tiene derecho a percibir, antes del día de pago, anticipos a cuenta del trabajo que ya ha realizado (art. 29.1 ET). En la pyme eso se pide «de palabra» y luego no queda rastro de cuánto se entregó ni de cómo se devuelve. El módulo de anticipos lo ordena: la persona solicita el anticipo desde su portal (importe y motivo), el administrador lo aprueba o lo rechaza y fija el plan de devolución (en cuántas cuotas y desde qué mes se descuenta), y lo exporta a la gestoría —el anticipo aprobado es justo la variable de nómina del mes—. Dato económico personal: solo lo ven el administrador y el propio trabajador.
Cómo se configura
- Activa el módulo «Anticipos de salario» en Configuración → Módulos.
- En «Anticipos», fija (opcional) un importe máximo orientativo y el número máximo de cuotas de devolución para tu empresa.
Cómo se usa
- El trabajador entra en «Mis anticipos» desde su portal, indica el importe y el motivo y envía la solicitud.
- El administrador la ve en «Anticipos», la aprueba fijando el número de cuotas y el mes de descuento, o la rechaza con un motivo; el trabajador recibe el aviso.
- Al cierre del mes, descargas en «Anticipos» el CSV de los aprobados para tu gestoría, y marcas como «devuelto» el anticipo cuando se ha saldado.
Nota legal
- El art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho del trabajador a percibir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado, sin que llegue el día señalado para el pago.
Esta guía es una ayuda de configuración con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Verifica la normativa aplicable y tu convenio con un profesional.